Esta semana, entra en vigencia una reforma laboral que, según Federico Sturzenegger, es la más significativa en décadas. En una conversación con Miguel Angel Boggiano para el canal de YouTube Club de inversores, el funcionario resaltó que la nueva legislación permitirá a los empleadores diseñar esquemas indemnizatorios más favorables en lugar del actual régimen de indemnización por despido, aliviando así la carga económica y legal que enfrentan las pequeñas y medianas empresas.
Aquí están los principales cambios introducidos por la reforma:
1. Fondo de Cese Laboral:
- Objetivo: Permitir a los empleadores crear un esquema indemnizatorio más beneficioso.
- Impacto: Reducirá la carga económica y legal para las pymes, aliviando costos asociados con el despido.
2. Regularización de Trabajadores en Negro:
- Beneficios para los trabajadores: Posibilidad de computar hasta 60 meses de aportes para prestaciones como jubilación y seguro de desempleo.
- Beneficios para los empleadores: Condonación de deudas por aportes no pagados, extinción de acciones penales y sanciones, y posibilidad de baja en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales si se regularizan los trabajadores y se paga la multa correspondiente.
3. Ampliación del Período de Prueba:
- Nuevo plazo: Se extiende a seis meses, con posibilidad de extensión a hasta un año dependiendo del tamaño de la empresa.
- Condiciones: Durante este período, el despido puede realizarse sin causa y sin indemnización por antigüedad.
4. Derechos Previsionales:
- Computo de aportes: Los trabajadores regularizados podrán contar hasta 60 meses de servicios para el cálculo de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más tiempo de manera informal.
- Limitación: Los cinco años computados no se incluirán en el cálculo del haber inicial de jubilación.
5. Flexibilización de las Relaciones Laborales:
- Modificaciones: Permite contratar empleados bajo modalidades distintas a la relación de dependencia, como contratos de colaboración o de locación.
- Exclusiones: Contratos de obra, servicios y agencia quedan fuera del ámbito de la Ley de Contrato de Trabajo y se regulan por el Código Civil y Comercial.
6. Nuevas Causas de Despido:
- Motivos adicionales: Participación en bloqueos, tomas de establecimientos, obstrucción de acceso y afectación de la libertad de trabajo durante conflictos colectivos.
7. Indemnización Especial por Despido Discriminatorio:
- Monto adicional: Entre el 50% y el 100% de la indemnización por antigüedad en casos de despido por discriminación.
- Restricción: Se limita la compensación a indemnización monetaria, eliminando la opción de reinstalación del trabajador.
8. Tercerización Laboral:
- Modificaciones: Se elimina la prohibición de contratar a través de empresas de servicios temporarios en el sector agrario.
- Consideración: Los empleados serán considerados parte de las empresas intermediarias.
9. Funcionamiento de Sindicatos:
- Cambios: Excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de relaciones laborales.
- Denuncias: Solo los trabajadores podrán denunciar ante la autoridad competente, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.
10. Licencia por Embarazo:
- La licencia es de 90 días (45 días antes y 45 después del parto), pero se puede reducir la licencia previa al parto a 30 días y acumular los días restantes para el período posterior.
Sturzenegger también destacó que la reforma incluye un enfoque en la flexibilización de las relaciones laborales, permitiendo a las industrias establecer convenios adaptados a sus necesidades. Citó el caso de la UOCRA como un ejemplo exitoso de adaptación a las características específicas de un sector, señalando que el nuevo fondo de cese permitirá a otras industrias seguir un modelo similar para gestionar la rotación de empleados.
Este conjunto de medidas busca equilibrar los intereses de empleadores y empleados, ofreciendo una mayor flexibilidad en la gestión laboral y previsional, y simplificando la regularización y el cumplimiento de normativas.