El presidente Javier Milei firmó un decreto que reglamenta el DNU 70/23, declarando el sector aerocomercial como «esencial». Esta medida tiene como objetivo restringir la posibilidad de paros y asambleas que afecten el servicio de transporte aéreo. La reglamentación, anunciada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, busca asegurar una cobertura mínima del 75% en la prestación del servicio.
El decreto modifica el artículo 24 de la ley 25.877 del Régimen Laboral, que ahora incluye la «aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo» entre los servicios esenciales. Esto implica que los sindicatos deberán garantizar un nivel mínimo de operaciones durante conflictos laborales, como el reciente paro de 24 horas convocado por los gremios de pilotos y personal aeronáutico, que afectará a más de 300 vuelos y 37.000 pasajeros de Aerolíneas Argentinas.
La recepción del decreto
La decisión ha sido calificada por los sindicatos como «ilegal y arbitraria». Representantes de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA), la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) y la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) han expresado su rechazo a la medida. Argumentan que el transporte aéreo ya está regulado como un servicio público de importancia trascendental y que la inclusión en la categoría de servicio esencial bajo el DNU 70/23 es inconstitucional.
Los gremios sostienen que la única forma legítima de regular el derecho de huelga es mediante una modificación de la ley que lo establece. También han cuestionado la validez del DNU, que según ellos, ha sido declarado nulo por la Cámara de Trabajo. La medida, según los sindicatos, compromete la responsabilidad administrativa y penal de los funcionarios que la implementen.
