El gobierno provincial promulgó la Ley 8478 que establece el juicio por jurados en Salta. Los juicios se realizarán en el departamento donde ocurrió el delito, y el jurado deberá ser equilibrado en cuanto a género y seleccionado al azar.
La Ley 8478, que establece el juicio por jurados en Salta, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. A partir de ahora, el sistema de juicio por jurados se implementará en la provincia, permitiendo que un grupo de ciudadanos sea el encargado de juzgar hechos delictivos. El jurado estará compuesto por doce miembros titulares y cuatro suplentes, con un equilibrio de 50% de hombres y 50% de mujeres.
El juicio por jurados se realizará en el departamento donde ocurrió el hecho, pero en casos excepcionales, y solo a solicitud del acusado, se podrá sortear un jurado de otro departamento. Para ser parte del jurado, los ciudadanos deberán cumplir con ciertos requisitos establecidos por la nueva ley.
A continuación, los requisitos para ser jurado en Salta:
- Ser argentino (o naturalizado con al menos dos años de ejercicio de ciudadanía).
- Tener entre 18 y 75 años de edad.
- Saber leer y escribir y comprender completamente el idioma nacional.
- Contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos.
- Tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a un año en el departamento correspondiente al lugar del hecho.
- El sorteo se realizará utilizando el padrón electoral de la provincia.
- Ninguna persona será obligada a desempeñarse como jurado sin haber sido citada con al menos cinco días de anticipación.
Esta medida busca democratizar la justicia y asegurar la participación activa de la comunidad en el sistema judicial.
